A partir de hoy, 1 de abril, cambia la forma de tributar el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) para aquellos que venden tecnología. Básicamente, ahora pasar a ser sujeto pasivo del impuesto la persona que adquiera alguno de los siguientes productos: plata, platino o paladio, teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas.
Así, a partir del 1 de abril de 2015 se aplicará la inversión del sujeto pasivo en IVA en la entregas de estos bienes, pero sólo se aplicará cuando el destinatario sea un empresario o profesional revendedor de estos bienes, independientemente del importe de la venta o un empresario o profesional no revendedor, cuando el importe total de las entregas de dichos bienes, documentadas en la misma factura, exceda de 10.000 euros (excluido el IVA).
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